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#CongresoLocal | Avanza proceso para designar a la persona Titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado de Yucatán

 

 

Mérida, Yucatán, a 12 de junio de 2026

En sesión de la Comisión Permanente de Vigilancia de la Cuenta Pública, Transparencia y Anticorrupción se informó sobre las propuestas de candidaturas recibidas en el proceso para designar a la persona Titular de la Unidad de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría Superior del Estado de Yucatán.

Conforme a las bases establecidas en la convocatoria, se señaló que se presentaron tres candidaturas a ocupar el cargo, con la documentación completa, siendo éstas la Ing. Isamara Guadalupe Coyoc Osorio, la CP. María Isabel Marrufo Pino y Mtro. Ángel Arturo Madrigal Milla. Asimismo, se presentó la propuesta del Lic. Jaime Arturo Maldonado Quiñones, pero en ese caso no fue posible acreditar los requisitos completos establecidos en la ley y la convocatoria.

La presidenta de la Comisión, María Esther Magadán Alonzo, señaló que las y los integrantes de la Comisión tendrán dos días hábiles, a partir de hoy, para proponer instituciones u organismos que puedan fungir como observadoras y observadores del proceso de selección.

Cabe recordar que esta convocatoria fue dirigida a las organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas y ciudadanía interesada, para que presentaran propuestas de personas candidatas que cumplieran con los requisitos constitucionales y legales para ocupar el mencionado cargo por un periodo de cuatro años, en términos del artículo 45 de la Ley de Fiscalización de la Cuenta Pública del Estado de Yucatán.

Entre los requisitos señalados se encuentra ser persona ciudadana mexicana y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; tener cuando menos 30 años cumplidos; título y cédula profesional; al menos cinco años de experiencia acreditada en materia de control, auditoría financiera y de responsabilidades de los servidores públicos; gozar de buena reputación; no estar cumpliendo sentencia firme emitida por autoridad judicial; no ser titular del Poder Ejecutivo del Estado, de alguna de las dependencias o entidades de la Administración Pública o de un organismo autónomo; no tener antecedentes penales por violencia familiar, delitos contra la intimidad personal, contra la imagen personal, violencia laboral contra las mujeres, violencia obstétrica, violencia por parentesco, violencia institucional, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, estupro, violación o feminicidio; ni ser deudor alimentario moroso.

El procedimiento continuará con el análisis de las propuestas de observación en la siguiente sesión de la Comisión.

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